A disposición de las empresas un nuevo crédito formativo FUNDAE para la formación de trabajadores

El BOE del 25 de diciembre publicaba una Resolución del 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas.

¿QUÉ ES EL CRÉDITO FORMATIVO?

Todas las empresas privadas cuentan con un CRÉDITO (cuantía económica) destinado a la formación continua de sus trabajadores que se calcula a partir de la plantilla media del año anterior, mínimo de 420 €.

¿CÓMO SE PUEDE UTILIZAR ESE CRÉDITO?

Las empresas pueden aprovechar el crédito para toda acción formativa destinada a sus empleados contratados bajo el Régimen General, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. Para ello los cursos tienen que gestionarse a través de la plataforma FUNDAE y posteriormente se podrán bonificar total o parcialmente en los Seguros Sociales.

¿QUÉ FORMACIÓN PUEDO HACER?

Cualquier acción formativa desde 2 horas de duración es susceptible de bonificarse.

NOVEDADES FUNDAE

Según la Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas” , se mantiene la posibilidad de realizar formación a través de “ aula virtual” siendo considerada como formación presencial a todos los efectos. Además, se incorpora la posibilidad de sistema de formación “bimodal” o “formación en espejo” en el que se puede combinar que una parte de los alumnos estén presencialmente y otra parte acceda a través de “aula virtual”.

En cuanto a la comunicación de cursos y modificaciones se mantiene lo establecido en la Resolución del 15 de Abril del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral ( hasta 2 días para comunicar cursos y 1 día antes del inicio para hacer modificaciones)

Esta nueva Orden también regula las comunicaciones con el SEPE y con FUNDAE que serán necesariamente por medios electrónicos.

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