Convocado el proceso de acreditación de la competencia profesional de instalaciones eléctricas de baja tensión, instalaciones frigoríficas y de climatización

La Comunidad de Madrid convoca, a través de la Orden de 28 de febrero de 2021, el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales en determinadas cualificaciones profesionales en el ámbito de la Comunidad de Madrid, entre las que se encuentra la ELE257_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión, así como la IMA040_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas, la IMA369_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción y la IMA368_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones caloríficas.

La Orden indica que se convoca un total de 2.850 plazas, distribuidas para cada una de las cualificaciones profesionales según lo establecido en el anexo I de la presente Orden.

El procedimiento consta de varias fases, con un periodo entre cada una de ellas de 2 meses, como máximo. Se estima que para conseguir la acreditación final de todas las unidades de competencia sean necesarios alrededor de 8 meses. También será necesaria una fase de evaluación de las competencias profesionales.

¿Quién puede participar?

Podrán participar las personas que reúnan, a fecha de la publicación de la convocatoria, los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

b) Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1 y 20 años para los niveles 2 y 3.

c) Tener experiencia laboral y/o formación no formal relacionada con las competencias profesionales objeto de la convocatoria que se quieren acreditar:

i) En el caso de experiencia laboral. Se deberán justificar, al menos, 3 años de experiencia laboral, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.

ii) En el caso de formación no formal. Se deberán justificar, al menos, 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior,

se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

2. Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral y/o formación no formal indicados en los apartados anteriores y que no los puedan justifi[1]car, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, indicándolo de mane[1]ra expresa mediante escrito adjunto a su solicitud, presentando la justificación mediante al[1]guna prueba admitida en derecho o declaración jurada, según lo establecido en el artículo 11, apartado 2, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

Para estudiar estos casos se designará a los asesores necesarios, que emitirán un informe sobre la conveniencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento. Si el informe es positivo se procederá a la inscripción definitiva.

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