Consulta los  requisitos para la  obtención del carné de instalaciones térmicas en edificios (RITE)

El Servicio de Habilitación y Capacitación Reglamentaria de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial ha informado a APIEM de los requisitos para la obtención del carné de instalaciones térmicas en edificios (RITE) para las personas que tengan la titulación de ingeniero, dependiendo de la especialidad que tengan (mecánica, eléctrico, electrónica, etc.)

En este sentido, esta Dirección, dependiente de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, indica que los requisitos de acceso al carné son los siguientes:

Para obtener el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, las personas físicas deben acreditar, ante la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, las siguientes condiciones:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener los conocimientos teóricos y prácticos sobre instalaciones térmicas en edificios.

b.1 Se entenderá que poseen dichos conocimientos las personas que acrediten las siguientes situaciones:

– Disponer de un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad incluido en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales cuyo ámbito competencial coincida con las materias objeto del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE).

– Tener reconocida una competencia profesional adquirida por experiencia laboral, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en las materias objeto del citado Reglamento.

Aunque esta vía de acceso se ha visto afectada por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

– Poseer una certificación otorgada por entidad acreditada para la certificación de personas, según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, que incluya como mínimo los contenidos del RITE.

b.2 Los solicitantes del carné que no puedan acreditar las situaciones exigidas en el apartado b.1, deben justificar haber recibido y superado:

b.2.1 Un curso teórico y práctico de conocimientos básicos y otro sobre conocimientos específicos en instalaciones térmicas de edificios, impartido por una entidad reconocida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, con la duración y el contenido indicados en el RITE.

Listado de centros de formación habilitados en la Comunidad de Madrid:

https://www.comunidad.madrid/inversion/industria/examenes-carnes-profesionales#donde-hacer-cursos

b.2.2 Acreditar una experiencia laboral de, al menos, tres años en una empresa habilitada instaladora o mantenedora de instalaciones térmicas en edificios, como técnico.

c) Haber superado un examen ante la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, sobre conocimiento del RITE.

Además, pueden obtener directamente el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, mediante solicitud ante la Dirección General de Promoción Económica e Industrial y sin tener que cumplir el requisito del apartado c, por el procedimiento que dicho órgano establezca, los solicitantes que estén en posesión del título oficial de formación profesional o de un certificado de profesionalidad incluido en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales cuyo contenido formativo cubra las materias objeto del RITE o tengan reconocida una competencia profesional adquirida por experiencia laboral, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1224/2009 o posean una certificación otorgada por entidad acreditada para la certificación de personas, según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995 que acredite dichos conocimientos de manera explícita.

Los técnicos que dispongan de un título universitario cuyo plan de estudios cubra las materias objeto del RITE, pueden obtener directamente el carné, mediante solicitud ante la Dirección General de Promoción Económica e Industrial y sin tener que cumplir los requisitos enumerados en los apartados b y c.

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