El Gobierno aprueba que los jubilados puedan volver a trabajar como autónomos y a la vez cobrar la pensión

El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma de la jubilación flexible que facilita que los jubilados puedan volver a trabajar como autónomos mientras cobran la pensión. Según ha explicado la portavoz del Gobierno y ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, la principal novedad del texto aprobado es que la compatibilización entre el retorno al empleo de los ya jubilados y la pensión ya no se limita únicamente al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, también podrán acogerse quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia. Podrán hacerlo siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.

“Nuestro objetivo es que los trabajadores tengan más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión y ahora planteamos una modalidad de jubilación flexible mejorada”, ha indicado Saiz. Su departamento especifica que no será necesario esperar un periodo mínimo desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible. “Se podrá acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensión”, indica el ministerio. El cambio no tiene rango de ley, así que no necesita aval parlamentario.

Para los autónomos, el nuevo texto permitirá que el pensionista perciba hasta el 25% de la prestación mientras desarrolla la actividad compatible a tiempo parcial. Este modelo está pensado, especialmente, para profesiones liberales en las que es habitual el empleo por cuenta propia, como la abogacía o la arquitectura.

También mejoran los incentivos económicos para los asalariados que accedan a la jubilación flexible. “En el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para la realización de esta jornada se abre del 33% al 80%. Antes de esta mejora, el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75%”, explica el ministerio, que también detalla que la cuantía de la pensión se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo.

“Como novedad, y con el objetivo de incentivar el retorno al mercado de trabajo”, continúa el ministerio, “cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos seis meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión”. Ese plus se desagrega por tramos: “Las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55% y el 80% incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional; mientras que las que sean igual o superior al 33% pero inferiores al 55% subirán un 15% adicional”, explica la Seguridad Social.

El ministerio también señala que el pensionista que haya accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada verá mejorada su pensión cuando se vuelva a jubilar tras un periodo con la flexible, “al recalcularse su base reguladora y el porcentaje aplicable, según el periodo de cotización acreditado”.

Este cambio es una de los contenidos acordados por sindicatos y patronales en la tercera parte de la reforma de pensiones, el último gran acuerdo del diálogo social y el único suscrito tanto por sindicatos como por patronales en lo que va de legislatura. Entrará en vigor en tres meses y se aplicará en todos los regímenes de la Seguridad Social, salvo en el de los funcionarios civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Fuente: El País

Imagen: Óscar Corral-El País

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