Cuánto te cuesta un trabajador: el cálculo del coste laboral

Cuando un autónomo o pequeña empresa va a dar el paso de contratar a un trabajador debe hacer un pequeño estudio económico, ya que tener un empleado supone un coste que es mayor que su salario.

Más allá del sueldo, existen una serie de conceptos y cargas sociales que hay que incluir en la nómina y liquidar a la Seguridad Social y Hacienda que hacen que el coste sea un 30% superior al salario.

El coste laboral de un empleado es lo que pagará la empresa realmente, teniendo en cuenta que existen más costes aparte del propio salario que recibe el trabajador.

En este sentido, el coste laboral se compone del salario bruto más las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo de la empresa.

No hay que confundir coste laboral para la empresa con el salario neto, ya que este es el importe que recibe el empleado, después de haber descontando tanto las retenciones del IRPF, como las cotizaciones a la Seguridad Social que tiene que pagar el propio trabajador, que también se descuentan en la nómina.

Tipos de cotización del coste laboral

Estas cotizaciones se calculan en base a los tipos de cotización de la Seguridad Social, que son unos porcentajes que se aplican al sueldo bruto. Para este año 2023 los tipos los siguientes:

  • Cotización por contingencias

Es la cotización de contingencias comunes se realiza para cubrir las enfermedades o bajas laborales, pero que no son directamente causadas por el desempeño de su trabajo.

El tipo de cotización es del 23,60% para la empresa y del 4,70% por parte del trabajador, para hacer un total de 28,30%.

Además, también están las contingencias profesionales para accidentes del trabajo, cuyo tipo de cotización depende de la profesión de la que se trate, oscilando entre el 1,5% y el 7,5%.

  • Horas extraordinarias

Para las horas extraordinarias de fuerza mayor, el tipo de cotización a cargo de la empresa es el 12% y a cargo del trabajador el 2% de los trabajadores, lo que hace un total de 14%.

Para el resto de horas extraordinarias que se contemplen en la nómina, que son la mayoría, la cotización es igual que para contingencias comunes: 23,60% corresponden a la empresa y 4,70% a los trabajadores.

  • Mecanismo Equidad Intergeneracional (MEI)

El Mecanismo Equidad Intergeneracional (MEI) es una cotización extra que entró en funcionamiento y que va destinada a que la Seguridad Social pueda recaudar algo que compense el desequilibrio del sistema de pensiones.

En este caso el tipo de cotización va aumentando con los años, en este caso el total de este año es el 0,6%, del que 0,5% lo paga la empresa y el 0,1% los trabajadores.

  • Cotización por desempleo

La cotización a la Seguridad por el desempleo es distinto en función del tipo de contrato que tenga el trabajador, pudiendo estar ante uno de estos dos casos:

  • Desempleo para contrato indefinido, cuyo tipo de cotización es el 5,5% por parte de la empresa y el 1,55% de los trabajadores, para hacer un total de 7,05%.
  • Desempleo para contrato de duración determinada a tiempo completo o parcial, donde la empresa asume el 6,70% y el trabajador el 1,60% de los trabajadores, de un total de 8,30%.
  • FOGASA

Es la aportación de la empresa al Fondo de Garantía Salarial, que es un fondo común de la Seguridad Social que se encarga de pagar a los trabajadores cuyas empresas son insolventes y no pueden asumir la liquidación.

El tipo de cotización es el 0,20% del salario bruto a cargo de la empresa.

  • Formación profesional

Existe un tipo de cotización para contribuir a la formación profesional del 0,60% a cargo de la empresa y del 0,10% por parte de los trabajadores, para hacer un total 0,70%.

Cálculo del coste laboral de un trabajador

Una vez visto todas las cargas sociales que tienen la empresa y porcentajes que se aplican a cada uno de ellos, veamos con un ejemplo cómo se hace el cálculo del coste laboral para la empresa.

Lo primero es saber el salario bruto del trabajador, que sale del convenio colectivo que se aplique o de aplicar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el ejemplo, supongamos un salario bruto de 1.500 euros, que se trata de un contrato indefinido y cuyas contingencias profesionales son del 3%.

El cálculo de costes sería:

Contingencias comunes: 1.500 euros por el 23,60%, que son 354 euros.

Contingencias profesionales: 1.500 euros por el 3%, que son 45 euros.

Desempleo: 1.500 euros por el 5,5%, que son 82,50 euros.

FOGASA: 1.500 euros por el 0,20% que son 3 euros.

Formación profesional: 1.500 euros por el 0,60% que son 9 euros.

MEI: 1.500 euros por el 0,50% que son 7,50 euros.

La empresa debería pagar de coste a la seguridad social, aparte del salario, 501 euros, lo que hace un total de 2.001 euros.

Fuente: Pymesyautonomos.com

Loading

¿Qué te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!

Promedio de puntuación 4.4 / 5. Recuento de votos: 5

Hasta ahora, no hay votos. ¡Sé el primero en puntuar este contenido!

Compartir esta noticia

LO ÚLTIMO EN APIEM