- Publicado el Convenio Colectivo de la Industria del Metal de Madrid 2024-2026.- El pasado 18 de enero de 2025, se publicó en el BOCM (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid) el Convenio Colectivo de la Industria, servicios e instalaciones del metal de la Comunidad de Madrid para los años 2024-2026. Entre las novedades más destacadas de este convenio cabe destacar:
- Vigencia de tres años: 2024, 2025 y 2026.
- Incrementos salariales para 2024 y 2025 del 3 % e incremento salarial del 2 % para 2026 con garantía salarial referenciado al IPC.
- Los contratos de circunstancias de producción pueden tener una vigencia de hasta un máximo de 1 año y no 6 meses, como se mantenía hasta ahora.
- Jornada de 1.760 horas para 2025 con reducción de 2 horas de libre disposición y Jornada de 1.756 horas para 2026.
Según informó AECIM al anunciar la firma del Convenio, otra modificación importante es la creación de una comisión técnica para abordar el absentismo laboral, con el objetivo de analizar en profundidad la incapacidad temporal tanto por contingencias comunes como profesionales.
- Tablas salariales 2025: El BOCM (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid) publicó el 10 de febrero las tablas salariales para 2025 del Convenio Colectivo de la Industria, servicios e instalaciones del metal de la Comunidad de Madrid. La principal novedad de estas tablas son los incrementos salariales para 2024 y 2025 del 3 %.
- Publicado el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025, (Boletín Oficial del Estado nº 37, de 12 de febrero de 2025).
- El SMI queda fijado en 39,47 €/día o 1.184 €/mes, según esté fijado por días o por meses; y se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.
- Este Real Decreto entró en vigor el 13 de febrero de 2025 y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo interprofesional (SMI) con efectos del 1 de enero de 2025.
- Se publica la Orden de cotización 2025 (Orden PJC/178/2025), en el contexto actual de prórroga automática de los PGE desde el 1 de enero de 2025, donde se faculta a los Ministerios correspondientes a dictar las normas necesarias para la aplicación de normas de cotización para 2025 en base al art. 122 LPGE-2023. Consulta el texto aquí.