La Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Comunidad de Madrid ha puesto en marcha una campaña para verificar que las empresas instaladoras inscritas en el Registro Industrial siguen cumpliendo los requisitos declarados en su alta. La Administración no verifica en el momento del alta de la empresa si se cumplen dichos requisitos, pero puede inspeccionar a las empresas en cualquier momento.
Desde APIEM hemos tenido acceso a los requerimientos de documentación a una empresa instaladora en baja tensión, categoría básica, y son los siguientes:
“De conformidad con lo establecido en el apartado 5.6 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-03 del Reglamento electrotécnico de baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos reglamentariamente deberá estar disponible para su presentación inmediata ante la Administración competente, cuando esta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.
Por lo anterior, se le requiere que presente la siguiente documentación:
a) Copia de la documentación que acredite la constitución legal de la empresa.
b) Documento acreditativo de haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que pueda provocar en la prestación del servicio como empresa instaladora en baja tensión, por una cuantía mínima de 600.000 euros por siniestro, adjuntando copia del certificado de la compañía de seguros, con estos datos: NIF, actividades aseguradas, cuantía asegurada por siniestro y validez.
c) Copia del ITA (Informe de Trabajadores en Alta) a fecha actual.
d) Identificación (nombre, apellidos, NIF) del instalador o instaladores en baja tensión categoría básica o especialista de la empresa, copia de la documentación que acredite la habilitación de dicho/s profesionales y copia de la documentación que justifique la vinculación contractual entre la empresa y el citado personal”.