Interesante sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de 2 de octubre: comete delito de falsedad en documento oficial quien, partiendo de un modelo original, confecciona otro con propósito y finalidad de hacerlo pasar como si del verdadero documento oficial o mercantil se tratase; y en particular, quien, como en el caso, utiliza una reproducción creada por ordenador para simular un documento auténtico consistente en una baja médica, destinada, única y exclusivamente, para justificar, frente a la empresa y la administración de la Seguridad Social, una ausencia al puesto de trabajo.
Aunque en la actualidad han sido destipificadas las falsedades en documento público cometidas por particular, matiza el Supremo que la falta de tipicidad solo se aplica a faltar a la verdad en la narración de los hechos, pero los partes de baja y alta en la Seguridad Social, aunque el envío de los mismos sea de forma telemática, integra un documento oficial, generado administrativamente y que sí está tipificado.
Y apunta la sentencia que es intrascendente la distinción entre que se remita telemáticamente una copia escaneada y que la copia escaneada puede haberse elaborado de dos maneras, modificando el documento original, de que se haga primero una fotocopia del documento original para ser después alterada; en ambos casos se comete delito de falsedad incluso cuando mediante una fotocopia se simula un documento oficial (da igual la forma en que se lleva a cabo la modificación del documento original, se utiliza una fotocopia o reproducción fotográfica para simular la autenticidad de un documento, y disimular la falsedad), pues lo relevante es la simulación documental y no el medio empleado, pues lo que se falsifica no es la fotocopia-mero instrumento-sino el propio documento que se pretende simular.
No es una copia
Para mayor aclaración, señala el Supremo que cuando utilizando una fotocopia se confecciona un documento que se pretende que sea considerado como un documento oficial, – cuando mediante una fotocopia se simula un documento oficial-, la falsedad debe entenderse referida a documento oficial.
Tal y como indica el Ministerio Fiscal, el documento (parte de baja falso) existió y creó todos los efectos que le eran propios: justificar la baja y el cobro por estar de baja, y aunque el documento fuera creado telemáticamente es un documento oficial por crear una baja médica falsa dada por un médico de la Seguridad Social, y no un documento de naturaleza privada.
La confección de un documento falso, partes de baja médica, remitidos por correo electrónico a la empresa, sin llegar a presentar los supuestos documentos originales, sino solo unos archivos digitales, lleva al Supremo a considerar que el acusado cometió un delito de falsedad al utilizar una reproducción creada por él en ordenador para simular un documento auténtico consistente en una baja médica, para justificar, frente a la empresa y la administración de la Seguridad Social, una ausencia al puesto de trabajo.
Fuente: Noticias Jurídicas.