1.- Prevención de riesgos laborales en todas las empresas.
2.- Protección de datos de carácter personal: obligatorio para empresas y autónomos.
3.- Registro diario de la jornada de todos los empleados al inicio y fin de la jornada.
4.- Registro salarial anual. Independientemente del tamaño de la empresa.
5.- Protocolo de acoso: indistintamente de su tamaño. El Plan de Igualdad es obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores. Igualmente, las de menos de 50 trabajadores deben respetar la igualdad de trato en el ámbito laboral. El Plan LGTBI: obligatorio en las empresas con más de 50 personas trabajadoras.
6.- Protocolo de desconexión digital: obligatorio para todas las empresas.
7.- Calendario laboral: obligatorio para todas las empresas.
8.- Canal de denuncias: obligatorio para empresas de más de trabajadores.
Las empresas con menos de 50 trabajadores podrán establecer políticas y procedimientos para garantizar que la empresa cumple con el marco normativo aplicable mediante la implantación de Códigos Éticos y políticas internas (compliance).
9.- Nuevas obligaciones laborales en relación con los permisos retribuidos y la conciliación
El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, incluye:
-Nuevos permisos retribuidos para ausentarse del trabajo
5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica
2 días por el fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad
4 días para ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor
-Se amplía el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave,
– Nuevo permiso parental de hasta 8 semanas
–Se amplía el derecho de la adaptación de jornada
El incumplir con cualquiera de estas obligaciones supone incurrir en sanciones de gran cuantía.