El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado la Orden TED/1211/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular.
? El objetivo de estas ayudas es fomentar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales para mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial.
?Los beneficiarios son personas jurídicas, entidades de economía social y las agrupaciones de personas físicas y entidades de economía social participadas por al menos una pyme.
? El plazo de solicitud comienza el 8 de diciembre y finaliza el 21 de enero de 2023.
♻ Actuaciones subvencionables:
a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes mediante, al menos, una de las siguientes opciones:
• El uso de subproductos.
• El uso de materiales procedentes de residuos.
• La remanufactura de productos.
• Incremento de la eficiencia del uso de materiales (excluidas la eficiencia hídrica y energética).
b) Ecodiseño y puesta en el mercado de productos realizados bajo esquemas de ecodiseño mediante al menos una de las siguientes opciones:
• Aumento de la vida útil de los productos/segunda utilización del producto. Se deberá presentar documentación fehaciente que demuestre el porcentaje de incremento de la vida útil del producto que se consigue con el proyecto.
• Incremento de la reparabilidad de los productos o de su capacidad de actualización. Se indicará cómo se logra esa capacidad de reparabilidad señalando: tiempo de desmontaje de productos, número de piezas de repuesto respecto al total de las piezas del producto y tiempo de venta de estas.
• Cambios hacia productos reutilizables y modelos de reutilización en sustitución de productos de un solo uso.
• Mejora en la reciclabilidad. Se deberá presentar documentación fehaciente que demuestre el porcentaje de incremento de reciclabilidad del producto que se consigue con el proyecto presentado.
• Sustitución de sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes en materiales y productos
• Desarrollo o cambio hacia modelos de consumo basados en los servicios.
c) Mejora de la gestión de residuos:
• Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos que permita incrementar y optimizar la obtención de material para el reciclado de calidad, generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso para combustibles).
• Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la reutilización.
d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas que, en base a los sistemas de información, plataformas, servicios de internet de las cosas, big data, redes de conectividad, inteligencia artificial, impresión 3D y/o tecnología blockchain, permita:
• La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos para el control y seguimiento con la finalidad de alcanzar productos seguros e incrementar el volumen de reciclaje de alta calidad que incluya información sobre la tipología y características de los materiales, sustancias peligrosas y extremadamente peligrosas, materias primas fundamentales y metales críticos.
• Nuevos modelos de negocio basados en la digitalización como instrumento para la servitización que favorezcan la eficiencia del uso de los recursos y reduzca la generación de residuos.
• Servicios de retorno de productos usados con el fin de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos.
• Servicios basados en el uso de la tecnología de impresión 3D.
? Esta convocatoria está dotada con una cuantía inicial de 192.000.000 euros.
La cuantía máxima es de 10 millones de euros por proyecto y entidad, con un importe mínimo de 150.000 euros por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización que tendrá una cuantía máxima de 5.000.000 de euros.
a) Porcentaje máximo de subvención a conceder para actuaciones que reutilicen materiales, reciclen y valoricen residuos:
• Del 55 % de los costes subvencionables para pymes,
• Del 45 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.
• Del 35 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.
b) Porcentaje máximo para el resto de actuaciones para la protección del medio ambiente que recaigan sobre materiales o residuos:
• Del 60 % de los costes financiables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.
• Del 50 % de los costes financiables en el caso de medianas empresas.
• Del 40 % de los costes financiables en el caso de empresas no PYME.
c) El porcentaje máximo de subvención a conceder para los proyectos de investigación y desarrollo para cada beneficiario no excederá:
• Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
• Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
• Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
d) Para las actuaciones relativas a la transformación digital de procesos será:
• Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de microempresas y PYME.
• Del 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas (empresas no PYME).
? Plazo de ejecución de las actuaciones:
• 31 de diciembre de 2023 para proyectos con ayuda mayor o igual a 150.000 euros y menor o igual a 400.000 euros.
• 31 de diciembre de 2024 para proyectos con ayuda mayor a 400.000 euros y menor o igual a 2.500.000 euros.
• 31 de diciembre de 2025 para proyectos con ayuda mayor a 2.500.000 euros hasta 10.000.000 de euros.
? La Fundación Biodiversidad será la entidad colaboradora encargada de la gestión de estas ayudas.
?? Tramitación online y formulario de solicitud aquí
?El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses.
Documentos:
• Bases reguladoras y convocatoria BOE
• Fundación Biodiversidad
Fuente: AECIM