Las ayudas directas de 7.000 millones de euros llegarán a las Comunidades Autónomas en 40 días

El Gobierno ha aprobado un nuevo plan de ayudas que incluye la transferencia directa de fondos a empresas y autónomos para cubrir distintos gastos directos y superar la merma de ingresos provocada por las restricciones sanitarias. Las ayudas irán destinadas a empresas que presenten una caída de sus ingresos del 30% por el impacto del coronavirus.

El paquete destinado a estas ayudas es de 7.000 millones de euros que serán transferidos a las Comunidades Autónomas para que estas se encarguen del reparto. El plazo previsto por el Gobierno es que el instrumento legal que regule la transferencia esté listo en un plazo máximo de 40 días, y a partir de ahí sería cada autonomía la que articularía la entrega del dinero. Este cálculo permitiría que a finales de abril las subvenciones pudieran comenzar a llegar a los beneficiados.

Los fondos podrán ser utilizados para distintos usos como el pago de facturas o de créditos. La Agencia Tributaria será la que analice si la empresa que solicita las ayudas cumple con los criterios requeridos. Las ayudas podrán cubrir un 40% de la caída de la facturación en el caso de pymes y micropymes, y hasta un 20% para el resto de empresas.

Los autónomos que tributan en módulos recibirán hasta 3.000 euros y entre 4.000 y 200.000 euros el resto de empresas, importes que podrán elevarse tanto en Canarias y Baleares, siempre dentro de los límites de ayudas de Estado fijados por Bruselas.

Las ayudas directas irán complementadas con un plan de reestructuración financiera dirigido a reducir el sobreendeudamiento en el que han caído muchas empresas por el incremento del crédito durante la crisis y las bajas perspectivas de ingresos a corto y medio plazo. Este paquete, con una cantidad de 3.000 millones de euros, incluirá distintas medidas para impulsar la reestructuración de créditos como el alargamiento de los plazos de devolución del principal, periodos de carencia y en última instancia reducción de la carga financiera con una quita. Este plan se articula en diferentes pilares:

Ayudas para la reestructuración de deuda financiera COVID

Este segundo eje de actuación incluye un conjunto de medidas de apoyo y flexibilización de los préstamos que cuenten con aval público, permitiendo así que el ICO se incorpore a los procesos de refinanciación y reestructuración que pacten los bancos y sus clientes, protegiendo también la estabilidad financiera.

Este eje se ve apoyado mediante la creación de una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones de euros.

Las Líneas de Avales del ICO puestas en marcha en 2020 han permitido movilizar más de 121.000 millones de euros de financiación para autónomos y empresas. La norma aprobada hoy extiende hasta el 31 de diciembre el plazo para solicitar préstamos con aval del ICO.

En noviembre se adoptaron ya medidas para facilitar el pago de estas deudas, al extenderse hasta dos años el periodo de carencia del pago del principal y ampliarse a ocho años el plazo de devolución de los préstamos.

Sobre la base del análisis del cliente que haga la entidad financiera, se podrán acordar medidas para, en primer lugar, extender por un periodo adicional el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público; en segundo lugar, convertir los préstamos con aval público en préstamos participativos, medida que reforzará los recursos propios de las empresas beneficiarias al tener estos préstamos un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles.

Como medida de último recurso en este ámbito, se permite la concesión de ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia.

Las ayudas podrán destinarse a las empresas que cumplan los criterios de elegibilidad que se establecerán por un posterior Acuerdo de Consejo de Ministros y dentro de un proceso de renegociación acordado por los clientes con las entidades financieras, que asumirán la parte proporcional de la reducción del préstamo.

Para la articulación de estas medidas se aprobará un Código de Buenas Prácticas, de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras y otros organismos, similar al existente en el ámbito hipotecario, cuyo objetivo es favorecer una actuación coordinada y eficiente de los bancos en apoyo de empresas viables con problemas puntuales de solvencia.


Fondo de recapitalización de empresas medianas

En tercer lugar, y para los casos en que las medidas anteriores no hayan sido suficientes, se crea un Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID, dirigido a reforzar los balances de empresas que eran viables en diciembre de 2019, pero que se enfrentan a problemas de solvencia por la pandemia.

Este fondo está dotado con 1.000 millones de euros y será gestionado por COFIDES, empresa con capital público-privado. Las ayudas se realizarán en forma de instrumentos financieros, como préstamos ordinarios, préstamos participativos, capital u otros a empresas que atraviesen dificultades temporales y que no puedan acceder a las ayudas del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, gestionado por SEPI, que tiene un importe mínimo de aportación de 25 millones de euros.


Modernización de la normativa concursal para favorecer la continuidad de la actividad empresarial

El Real Decreto-Ley aprobado establece también medidas en el ámbito concursal, extendiéndose hasta el 31 de diciembre las moratorias actuales, con el fin de que las empresas viables en condiciones normales de mercado cuenten con instrumentos legales que les permitan mantener su actividad y el empleo.

De forma específica, se extienden las moratorias relativas a la exención del deber del deudor de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso que presenten los acreedores; se amplía el plazo para renegociar, tanto los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago (ambos son instrumentos previos al concurso), como los propios convenios concursales; y se amplían hasta el 31 de diciembre de 2021 las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.

Esta extensión proporcionará un periodo para abordar los procesos de análisis y reestructuración de las empresas sin desencadenar una innecesaria pérdida de valor en tanto se moderniza y agiliza el régimen concursal, favoreciendo la acción temprana y los acuerdos de reestructuración de las deudas con el fin de evitar la destrucción de empleo y de tejido productivo, con ocasión de la transposición de la Directiva de la UE sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.


Otras medidas

Adicionalmente, con el objetivo de reforzar la solvencia de las empresas se amplían los plazos de ejecución de proyectos financiados por la Secretaría General de Industria y de la PYME y de los préstamos concedidos por Emprendetur a empresas del sector turístico.

También se aumenta a cuatro meses el periodo para poder retrasar el pago de deudas tributarias sin intereses de demora.

La norma regula la posibilidad de que las sociedades anónimas que no hayan podido modificar sus estatutos puedan seguir celebrando la junta general o asamblea de socios por medios telemáticos durante el ejercicio 2021, siempre que se garantice la identidad del accionista que ejerce su derecho de voto y se ofrezca la posibilidad de participar en la reunión por distintas vías.

Finalmente, se establecen los mecanismos necesarios para que la Comisión Nacional del Mercado de Valores pueda regular la publicidad de criptoactivos u otros activos o instrumentos presentados como activos de inversión que en la actualidad se encuentran fuera del perímetro de la regulación financiera.

Con información de El Mundo y asociaciones del sector.

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