La prohibición de hacer despidos objetivos se aplicará a empresas que reciban ayudas directas

El Gobierno ha adoptado algunas medidas laborales dentro del paquete de iniciativas normativas para hacer frente al impacto de la crisis generada por la invasión rusa de Ucrania. En concreto, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha indicado que estas irán destinadas a “proteger el empleo evitando el despido”. Asimismo añadió que “las empresas podrán acudir a medidas de flexibilidad interna como los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE)”.

Además, fuentes gubernamentales explicaron que esta media se aplicará a todas las empresas que reciban cualquier tipo de ayuda directa por la crisis; considerando estas cualquiera de las aprobadas hoy, incluidos la nueva línea de créditos ICO, añadieron estas fuentes. Esto, en la práctica, extenderá la prohibición a la inmensa mayoría de las empresas que, casi con toda seguridad, se beneficiarán de una medida u otra.

La vuelta a prohibir los despidos motivados por la crisis ya había sido esbozada la semana pasada por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y estará previsiblemente en vigor durante tres meses, hasta el 30 de junio, como el resto de medidas. Esta norma ya fue también aprobada por el Gobierno en marzo de 2020 para los despidos objetivos motivados por la pandemia de Covid y ha estado en vigor hasta finales de febrero pasado.

Aunque preguntada por esta medida, la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, insistió en que esta prohibición solo se aplicará a las empresas que reciban ayudas, “porque no pueden usar ese dinero para despedir”. Fuentes empresariales, aseguraron que, nuevamente, habrían existido diferencias entre Díaz y Calviño a la hora de adoptar esta iniciativa debido a las fuertes reticencias de la vicepresidenta primera.

De hecho, la prohibición de hacer este tipo de despidos no estuvo exenta de polémica en pandemia, y durante los dos últimos años los tribunales han emitido sentencias distintas y encontradas al respecto. Así, los jueces discreparon sobre si estos despidos resultaban improcedentes (y tenían que ser indemnizados con 33 días por año trabajado y un máximo de 24 meses frente a los 20 y 12 meses de los despidos objetivos) o nulos (y los trabajadores podían optar por la readmisión).

Si bien, en febrero pasado el Tribunal Supremo ratificó la nulidad de un despido colectivo por causas objetivas durante la pandemia al entender que la situación que motive este tipo de extinciones debe ser estructural y no coyuntural, como la crisis del COVID. Desde Trabajo respaldan esta interpretación del Supremo y creen que estos despidos deben ser nulos.

La decisión de retomar la prohibición de despedir argumentando el daño coyuntural de la crisis va ligada –según dijo Díaz tras el anuncio de Sánchez– a “un mandato claro, que es que no tenemos que despedir a nadie”. A su juicio, “hay que ir al mecanismo ERTE” y avisó de que “en caso de que se haga un mal uso del mismo, las empresas que acudan al ERTE tendrán que devolver las ayudas públicas percibidas y, por supuesto, no podrán despedir a las personas trabajadoras que acudan a este mecanismo”.

De hecho, Sánchez también instó a las empresas a que vuelvan a recurrir a los ERTE si tienen dificultades. Aunque, según las fuentes consultadas, el Ejecutivo pretende que las compañías recurran a los ajustes incluidos en la nueva regulación, sin necesidad de que el Consejo de Ministros tenga que activar los nuevos ERTE Red denominados cíclicos previstos para una situación de crisis económica generalizada. Así, de momento y a falta de lo que apruebe el Consejo de Ministros, las indicaciones del Ejecutivo serían que las empresas recurran los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (denominados ETOP), además de activar uno de los nuevos ERTE Red sectoriales para las agencias de viajes, a lo que ya se había comprometido el Gobierno.

Fuente: Raquel Pascual Cortés/ Cinco Días.

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