Error en el Reglamento europeo de Gases Fluorados en su versión en español

Tras la publicación el pasado 20 de febrero en el Boletín Oficial de la Unión Europea del Reglamento Europeo 2024/573 de Gases Fluorados que deroga el anterior Reglamento 517/214, desde CNI informan que han detectado un error en la versión en español del cual informó al Ministerio de Transición Ecológica para su corrección. Se trata del siguiente párrafo en la pág. 42:

Apartado 6 del artículo 26 sobre “notificación de datos por las empresas”.

En la traducción oficial al español aparece “reclaimed” por “recuperado” cuando en realidad: reclaimed = regenerado y recovered = recuperado.

No tendría sentido que las empresas tuvieran que notificar a la comisión según el anexo IX los gases que recupera. (en dicho anexo sí que hablan de regenerado y no de recuperados)

La corrección, según informa el MITECO, no ha podido incluirse en esta primera versión en español del Reglamento recién publicada, pero se hará en los próximos días. Por ello, llamamos la atención a todo el colectivo de profesionales que manejan el Reglamento y se hubieran descargado esta versión errónea, para que tengan en cuenta este error y se descarguen la versión en español correcta y corregida que se publicará en breve en el Diario Oficial de la Unión Europea

  Versión incorrecta (ver página 42) Versión correcta pendiente de publicación (ver página 42)
Art. 26 Notificación de datos por las empresas …/… 6) A más tardar el 31 de marzo de 2025 y posteriormente cada año, cada empresa que haya recuperado cantidades superiores a 1 tonelada métrica o 100 toneladas equivalentes de CO2 de gases fluorados de efecto invernadero notificará a la Comisión los datos especificados en el anexo IX sobre cada una de esas sustancias para ese año natural.Art. 26 Notificación de datos por las empresas …/… 6) A más tardar el 31 de marzo de 2025 y posteriormente cada año, cada empresa que haya recuperado regenerado cantidades superiores a 1 tonelada métrica o 100 toneladas equivalentes de CO2 de gases fluorados de efecto invernadero notificará a la Comisión los datos especificados en el anexo IX sobre cada una de esas sustancias para ese año natural.

El Reglamento entrará en vigor el próximo 11 de marzo y como sabéis no es necesario su transposición, es de aplicación inmediata. Os adjuntamos el texto en español por si queréis ir analizando los cambios con vuestros técnicos.

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