El Gobierno aprueba dos Reales Decretos para reforzar la energía térmica renovable y el autoconsumo

El Consejo de ministros celebrado el 17 de mayo ha aprobado, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD) dos reales decretos (RD): el RD 1124/2021 para incentivos a la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía y el RD 477/2021 para incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable. Ambos se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y ambos aprueban las bases regulatorias, pero no asignan el presupuesto entre las Comunidades Autónomas, por lo que habrá que esperar a que éste se distribuya y las CCAA publiquen sus propias convocatorias de ayudas.

1. El programa de impulso a las energías térmicas renovables (RD 1124/2021) cuenta con un presupuesto inicial de 150 M€, ampliable según la demanda.

•      Beneficiarias directas: las Comunidades Autónomas, cuyo presupuesto se distribuirá más adelante.

•      Destinatarios últimos de las ayudas: tanto personas jurídicas como físicas, en sectores productivos como el industrial, el agropecuario o el de servicios, también en establecimientos e infraestructuras del sector público.

•      Actuaciones subvencionables: Programa de Incentivos 1: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.

•      Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios.

•      Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas: ebullición, esterilización, limpieza, secado, lavado, blanqueamiento, vaporizado, decapado, cocción, lixiviación, baños térmicos para tratamiento de superficies, abastecimiento de servicios de lavandería, lavado de vehículos, climatización de naves de uso industrial, etc.

•      Tecnologías consideradas actuaciones subvencionables:

ü  Solar térmica

ü  Geotermia y Energía ambiente (aerotermia e hidrotermia)

ü  Biomasa

ü  Microrredes de distrito de calor y/o frío

•      Costes elegibles:

ü  Inversión en equipos y materiales

ü  Costes de ejecución de las obras y/o instalaciones

ü  Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares

ü  Sistemas de gestión, control activo y monitorización

ü  Obras civiles

ü  Desmantelamiento de las instalaciones existentes

ü  Costes de la redacción de los proyectos

ü  Costes de gestión de la solicitud de la ayuda

ü  Costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones

ü  Etc.

2. El programa de incentivos de autoconsumo (RD 477/2021) cuenta con una cuantía inicial conjunta de 660 M€, ampliables a 1.320 M€.

•      Beneficiarias directas: las Comunidades Autónomas.

•      Destinatarios últimos de las ayudas:

•      Para los programas de incentivos 1, 2 y 3, las personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.

•      Para los programas de incentivos 4, 5 y 6, personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (autónomos).

•      Actividades subvencionables:

Ø  Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

Ø  Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

Ø  Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

•      Costes elegibles:

ü  Inversión en equipos y materiales

ü  Costes de ejecución de las obras

ü  Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliar

ü  Sistema eléctrico general de Alta Tensión y Baja Tensión

ü  Sistemas de gestión, control activo y monitorización

ü  Obras civiles

ü  Desmantelamiento de las instalaciones existentes

ü  Etc.

•      Las ayudas varían en función del beneficiario (una mayor subvención a las PYMEs) y del tipo de instalación (más ayuda a los proyectos de almacenamiento y climatización con renovables).

Fuente: AECIM

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